La Paz, 21 de Sep (Vasquezpress).- Información proporcionada por el Organismo Operativo de Transito de La Paz señala que desde el primero de enero y hasta el ocho de septiembre, no se presentó ningún caso de revocatoria definitiva de licencia de conducir, como establece el Decreto Supremo 420, sobre transportes, dato que podría ser entendido como un resultado positivo de la medida o como una falta de aplicación de la misma. Según GAIA Noticias, el titular de esa repartición policial, coronel Carlos Gutiérrez, dijo que en lo que va del año no se tuvo que lamentar ningún hecho de tránsito en carretera que involucre a algún conductor en estado de ebriedad, ello respondería al estricto control aplicado por los efectivos de tránsito, tanto en las terminales terrestres como en las trancas a lo largo de las rutas.
“El Decreto Supremo ha dado resultados porque ya no tenemos, gracias a Dios y gracias al decreto, conductores involucrados en hechos de transito en estado de ebriedad, me refiero a los interprovinciales, interdepartamentales e internacionales; en hechos de transito de esta naturaleza no se ha detectado a ningún conductor de flotas bajo influencias de bebidas alcohólicas”, recalco el jefe policial.
Sin embargo, datos de la misma dependencia señalan que, en el mismo periodo del año, 247 conductores fueron sancionados con la suspensión temporal y definitiva de sus licencias de conducir, todos en aplicación de la norma 3988 (de diciembre de 2008) que eleva a rango de Ley al Código de Tránsito aprobado en 16 de febrero de 1973 y no así en el marco de aplicación del Decreto 420 aprobado en febrero de 2010.
El jefe policial aseguró además que con el pleno cumplimiento de ambas normas se procederá a redoblar los controles en las terminales terrestres a nivel nacional, conforme a un plan de fin de año que ya es elaborado por el Comando General, tomando en cuenta que durante el último trimestre de la gestión se incrementa la salidas de buses en los destinos interprovinciales, interdepartamentales e internacionales.
Con relación a las suspensiones de licencias, el informe indica que 183 fueron inhabilitadas por un año, 64 de forma definitiva, en tanto que en el marco del decreto 420 no se presentaron casos de revocatorias definitivas.
Los datos
Según el cuadro estadístico que señala las licencias suspendidas en marco de la Ley 3988, la mayor cantidad de conductores (80) pertenecen a la categoría “B”, en cambio, la menor cantidad (2) pertenecen a la categoría “M”.
Otras cifras indican la suspensión a 19 choferes con categoría “P”, 68 a la “A”, y 79 a la “C”.
Sanciones
Gutiérrez igualmente anuncio que las sanciones de suspensión de licencias para conductores irán acompañadas de una querella judicial, por cargos de conducción peligrosa. En caso que los conductores suspendidos sean sorprendidos conduciendo, estas acciones están coordinadas con la Fiscalía de Distrito y los Comandos Departamentales de toda Bolivia.
La sanción establecida en el Código Penal por el delito de conducción peligrosa, va desde los seis meses a dos años de cárcel, pero en caso que el accidente de tránsito tuviera algún saldo de víctimas fatales, la imputación se la realiza por tentativa de homicidio.
Erbol
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